REQUISITOS PARA SER BOMBERO

Aquí te contamos de forma detallada y sin adornos los requisitos necesarios para ser bombero.

Tabla de contenidos:
  1. REQUISITOS PARA SER BOMBERO

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¿Cuáles son los requisitos para ser bombero?.

A continuación, os muestro los requisitos generales y específicos que hay que cumplir para poder acceder a los procesos selectivos de las distintas convocatorios para el puesto de bombero/a en el territorio español.
Cada servicio de bomberos establece unas bases para la oposición a bombero, aunque suelen ser parecidas tienen sus particularidades. Por ello, se exponen un listado de los requisitos para ser bombero detallando los requisitos específicos para cada servicio de bombero.

Edad mínima y máxima para ser bombero.

La edad mínima para presentarse a las oposiciones a bombero suele ser de 18 años.
*Es importante mencionar que se suele exigir tener los carnets de camión y hasta los 21 años estos se pueden sacar con limitaciones, esto no suele ser excluyente pero si que suele determinar la edad en la que se empiezan a cumplir todos los requisitos con todas las garantías.
De forma general, se podría determinar que la edad mínima a la que se suele empezar a optar a conseguir la plaza de bomberos, suelen ser los 21 años.

En cuanto a la edad máxima, las bases suelen determinar una edad máxima de 55 años e incluso la edad de jubilación.
A nivel práctico la edad máxima de admisión la suele determinar el estado físico de cada opositor. Las pruebas físicas son exigentes por lo que en este aspecto se suele realizar una selección natural, si eres capaza de superar las pruebas físicas se podría decir que no hay límite de edad.

Titulación mínima para ser bombero.

Actualmente los bomberos se encuentran entre el grupo C, subgrupos C1 o C2 dependiendo del servicio. Esto va a determinar el nivel de estudios exigido.
Grupo C:
C1: estar en posesión del título de Bachiller o de Técnico (Ciclo Formativo de Grado Medio).
C2: estar en posesión del Graduado Escolar, FP de Primer Grado o título de Graduado en ESO.

Si la titulación ha sido obtenida en el extranjero será necesario acreditar la homologación de la misma en España y adjuntarse también una traducción jurada.

Permisos de conducción para ser bombero.

En función del puesto a desempeñar puede variar los permisos exigidos:
Generalmente, se suele exigir tener los permisos de conducir: B y C + E.
* En algunas oposiciones se exige el B y C o, incluso sólo el B, aunque la tendencia general es pedir el B y C+ E.
* Si se requiere el permiso de conducción C y la edad mínima es menos de 21 años, se suele aceptar tener el permiso de circulación C1 (permiso para automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg y no sobrepase los 7.500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve), es decir el C limitado.

Otros permisos menos solicitados son: D (autobús) y el Patrón de Navegación Básica.
* Requisitos exigidos solo en casos muy particulares.

Nacionalidad para ser bombero.

También será obligatorio tener la nacionalidad española o ser nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea o cónyuge de los mismos, cualquiera que sea su nacionalidad. También las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Nivel de conocimiento de las diferentes lenguas cooficiales

Otro asunto que causa dudas sobre si se cumplen los requisitos o no es el nivel de la lengua autonómica a la que pertenece la convocatoria al puesto de bombero.

Vamos a tratar este asunto de forma especifica para las diferentes zonas del territorio español:

Castellano.

Para aquellos aspirantes que no tengan la titulación exigida en España (y si en otro país compatible), se les podrá exigir una prueba de conocimiento de la lengua Castellana.

Comunidad Valenciana – Valenciano.

Existen diferentes opciones:

No es necesario el conocimiento de la lengua valenciana durante el proceso de selección, pero en el caso de superar dicho proceso, el ya funcionario tiene un plazo de 2 años para obtener el título de conocimientos valenciano requerido (hasta ahora ha sido el nivel «Elemental» de valenciano). Si el funcionario ya lo posee en el momento de tomar posesión del cargo ya quedará solventado este requisito. ES EL REQUERIMIENTO MÁS FRECUENTE EN LA COMUNIDAD VALENCIANA.

«Los alumnos que hayan cursado y superado la asignatura de Valenciano, desde primer curso de Educación Primaria, hasta cuarto curso de Secundaria pueden solicitar la expedición del título de Grado Elemental de Conocimientos de Valenciano, por homologación con los estudios del sistema educativo.»

Otra opción es en el caso que el proceso sea concurso-oposición, en este caso los certificados que acrediten conocimientos de valenciano puntuarán en la fase de concurso. El no tener conocimientos de valenciano no es excluyente, aunque si puntúa en la fase de concurso de la oposición.

Otra opción más, en un proceso concurso-oposición, la entrega del «Certificado Elemental de Valenciano» o la superación de la prueba de conocimiento de la lengua valenciana da 2 puntos. Esta prueba es obligatoria realizarla o acreditar el certificado, pero no es eliminatoria.

Importante, dentro de la escala funcionarial el puesto puede estar enmarcado en el grupo:
C1: estar en posesión del título de Bachiller o de Técnico (Ciclo Formativo de Grado Medio). En este caso, el título equivalente en conocimientos de la lengua será “Grau Elemental B1”.
C2: estar en posesión del Graduado Escolar, FP de Primer Grado o título de Graduado en ESO. En este caso el título equivalente en conocimientos de la lengua será el “Grau Mitjà C1”.

Cataluña – Catalán.

En Cataluña se suele exigir tener conocimientos del Catalán.
Estos conocimientos se pueden acreditar con el certificado de nivel B2 de Catalán o el equivalente en la Comunidad Valencia o Islas Baleares.
Si no se tiene este certificado o equivalente se realizará una prueba de idioma en la cual será apto o no apto.

Islas Baleares – Catalán.

Suele ser necesario tener conocimientos de lengua catalana, estos se pueden acreditar con el certificado de nivel B1 (equivalente al anterior certificado A), nivel básico.

País Vasco – Euskera.

En la mayoría de los Cuerpos convocados habrá plazas con exigencia de perfil lingüístico (es necesario acreditar un determinado nivel de conocimientos de euskera para acceder a ellas) y plazas sin exigencia de perfil lingüístico (el euskera únicamente se valora en los términos que establecen las Bases de la convocatoria, pero no es obligatorio su conocimiento).

El perfil lingüístico puede ser preceptivo o no preceptivo:
Si es preceptivo tendrá asignada una fecha, a partir de la cual se exige su cumplimiento para el acceso y desempeño del puesto de que se trate.
Si no es preceptivo, servirá para fijar el porcentaje en que ha de ser valorado el conocimiento de euskera en el proceso selectivo. Este porcentaje estará entre el 5% y el 10% de la máxima puntuación alcanzable en el resto del proceso selectivo, para los puestos con perfil 1 ó 2. Para el puesto de bomberos en el País Vasco se suele considerar el Perfil Lingüístico 2 de euskera.

Presentación de instancias.

Una vez que la convocatoria es publicada en el BOE hay un plazo de 20 días a partir de la fecha de publicación del mismo para entregar la instancia junto a la documentación adjunta requerida.

Documentación adjunta requerida.

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, para los aspirantes de nacionalidad española. Para los aspirantes de otra nacionalidad, fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.
Copia autenticada o fotocopia (que deberá acompañarse del original para su compulsa) de los títulos.

Certificado de antecedentes penales. 

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Se puede solicitar de tres formas:  presencial en las oficinas de la administración asignadas para ello, por correo postal o a través de Internet (certificado digital o DNI electrónico).

Copia autenticada o fotocopia (que deberá acompañarse del original para su compulsa) de los permisos de conducir.

Certificado Médico Oficial.

Antes de la realización de las pruebas físicas se solicitará un Certificado Médico Oficial expedido dentro de los quince días anteriores en el que se haga constar que el aspirante se encuentra capacitado físicamente para realizar las pruebas exigidas sin riesgo para su salud.
Este certificado en un impreso oficial que se puede comprar en cualquier estanco. En dicho impreso un médico colegiado certifica que te encuentras apto para realizar las pruebas físicas de dicha convocatoria.

No hay texto oficial, solo tiene que contemplar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas. Debe contener vuestro nombre completo y DNI, así como los datos completos del médico, que incluyen nombre completo y número de colegiado.

¿Dónde se puede realizar?:
En el médico de cabecera. No tiene obligación de hacerlo y algunos se niegan. Se debe llevar el certificado ya que ellos no los tienen.
Otra opción es en un centro médico privado o en un centro especializado: Centro de Reconocimiento Psico-médico de Conductores y Armas.

Recibo del pago de las tasas exigidas.

Todo proceso selectivo conlleva un gasto, el pago de la tasa pretende sufragar los gastos de dicho proceso.
El abono de dicha tasa es necesario para poder presentarse a las diferentes pruebas expuestas en las bases de la convocatoria.
EL coste de esta tasa suele variar de 20 a 60 euros dependiendo de la convocatoria.

Se comprobará la documentación y esta podrá ser aceptada o rechazada en función de si se cumplen los requisitos exigidos.
* Importante, los requisitos han de cumplirse antes de que finalice el plazo de presentación de instancia.

Sistemas de selección.

Las oposiciones pueden constar de los siguientes sistemas de selección: oposición libre, concurso y concurso – oposición.

La oposición libre consiste en la celebración de una o más pruebas para determinar la capacidad y la aptitud de los aspirantes y fijar su orden de prelación. Los ejercicios podrán incluir temas de conocimientos generales o específicos, pruebas físicas, tests psicotécnicos, entrevistas y cualquier otro sistema que resulte adecuado para asegurar la objetividad y racionalidad del proceso selectivo.

El concurso, consiste en la comprobación y calificación de los méritos (experiencia laboral, cursos de formación, jornadas, expediente académico, titulaciones, etc.) de los aspirantes y en el establecimiento del orden de prelación de los mismos en una lista con la puntuación asignada.

Y el concurso – oposición, consiste en la sucesiva celebración de los dos sistemas anteriores.

Pruebas solicitadas en el proceso selectivo.

Pruebas de conocimientos teóricos

En las bases para establecer los criterios de selección se redactan con detalle los temas sobre los que se preguntarán. Entre ellos suele haber temas legislativos y temas específicos de bomberos.

Examen con preguntas tipo test.

Generalmente se exponen test con unas 75 preguntas tipo test de las cuales unas 15 preguntas suelen ser de temas legislativos y el resto de los temas específicos de bomberos. Las preguntas correctas suman 1 punto y las respuestas erróneas suelen restar entre 1/2 y 1/3 puntos. Esto puede variar en función del servicio que convoque la oposición.

Examen de desarrollo:

Existen diferentes modalidades de este tipo de examen:
*Esta prueba esta basada en los temas específicas de la oposición.

Supuesto práctico a desarrollar. Se da un enunciado (se expone con detalle una situación de urgencia en la que los bomberos deben actuar) y hay que explicar de principio a fin el desarrollo de la intervención.

Supuesto práctico guiado. Al igual que la anterior se da un enunciado (situación de emergencia), solo que en este caso se realizan preguntas específicas sobre la actuación a realizar, exposición con preguntas guiadas.

Supuesto teórico a desarrollar, desarrollar de uno o varios de los temas del temario específico.

Es una prueba escrita aunque podrá ser requerida la lectura y defensa de la misma ante el tribunal si en las bases así lo especifica.

Test de personalidad y psicotécnicos.

Se realizan un o unos test de personalidad para medir las diferentes capacidades personales de los aspirantes al puesto a desempeñar como: sinceridad, sociabilidad, amabilidad, confianza en uno mismo, … También se realizan test psicotécnicos para medir la agilidad mental de los aspirantes en las diferentes materias: espacial, mecánica, lingüística, matemática.

Pruebas físicas.

Para medir nuestras capacidades en diferentes aspectos físicos se establecerán diferentes pruebas. Trataremos de exponer las más habituales en los diferentes procesos selectivos. Entre las expuestas se suelen elegir unas 5 pruebas físicas.

Resistencia aeróbica:
Esta prueba puede oscilar entre los 1000, 2000 y los 3000 metros.

Velocidad de reacción y desplazamiento:
Esta prueba puede oscilar entre los 60, 100 y los 200 metros. También se puede solicitar subir en un tiempo determinado a una determinada planta por escaleras convencionales (cargados o no con peso).

Trepar por la cuerda:
Es una prueba típica en esta oposición aunque existen variantes:  longitud de la cuerda (desde 5 m a 7 m), comenzar sentado o de pie y tiempo exigido para realizar la trepa completa.

Fuerza:
Puede medirse con las siguientes pruebas: press de banca, nominadas,

Natación:
Esta prueba puede oscilar entre los 50 y 100 metros. También se pueden incluir ejercicios de apnea en los mismos recuperando objetos depositados en el fondo desde una distancia determinada (poco frecuente).

Potencia de salto:
Con salto vertical, salto horizontal, saltos laterales en banco sueco,…
Salto vertical con pies juntos». Realizar un salto máximo en altura partiendo y cayendo con los pies juntos.
Salto horizontal con pies juntos». Realizar un salto máximo en horizontal partiendo y cayendo con los pies juntos.

Ejercicios de equilibrio:
Suele consistir en caminar por una barra a una altura determina. Es una prueba donde practicando se consiguen resultados sorprendentes.

Circuitos de agilidad:
Se establece un circuito con obstáculos, el cual debe ser expuesto previamente a su realización en las bases de dicha convocatoria. Al igual que los ejercicios de equilibrio entrenando se consiguen muy buenos resultados.

Espacios combinados:
Se establece un circuito cerrado con pasos estrechos para medir el nivel de estrés del aspirante ante espacios confinados y angostos. Esta prueba se realiza para detectar posibles situaciones de claustrofobia de los opositores.

Reconocimiento médico.

Independientemente del Certificado Médico Oficial (acreditado por un médico colegiado), el cual hay que entregar para poder realizar las pruebas físicas, existe una fase de la oposición en la que se pasará un reconocimiento médico. En las bases de las diferentes convocatorias se deben redactan con todo detalle las exclusiones médicas para dicha oposición.

Pruebas de conducción (poco frecuente).

Se establecerá un recorrido a realizar con un vehículo ligero o pesado y se medirá la destreza en la conducción del aspirante.

Pruebas de oficios (poco frecuente).

Generalmente se dará a elegir entre varios oficios y se realiza una prueba del mismo.

Requisitos para ser bombero específicos de cada servicio de bomberos.

Aquí podrás encontrar los requisitos para ser bombero de forma específica en cada convocatoria.

Andalucía.

Ayuntamiento Motril (Granada).

Título de Bachiller Superior, FP 2º Grado o equivalente.
Permiso de conducir de la clase C.

Ayuntamiento La Carolina (Jaén).

Graduado en Educación Secundaria obligatoria, Formación profesional de 1er grado o equivalente.
Permisos de conducir de la clase B, clase C y clase C+E.

 Consorcio Granada.

Título de Bachiller o Técnico.
Permisos de conducción de la clase C.

Ayuntamiento Alcalá la Real (Jaén).

Título de Educación Secundaria Obligatoria o equivalentes.
Carnet de conducir B y C.

Ayuntamiento de Benalmádena (Málaga).

Título de graduado escolar, graduado en ESO, FPI o equivalente.
Permiso de conducción de la Clase B y C +E, sin condición restrictiva de peso.

Ayuntamiento de Huelva.

Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente (deberá acreditarse la equivalencia).
Permiso de conducción de las clases C+E.

Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

Titulación que se requiera en los Anexos específicos que rijan en cada convocatoria.
Permiso de conducir de la clase C + E.

Consorcio Huelva.

Título  de  Graduado  en  Educación  Secundaria  Obligatoria.
Permiso de Conducción  C+E  en vigor.
Posesión de la Licencia Básica  de  Navegación en vigor.

Ayuntamiento Málaga.

Título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente.
Permiso de conducción de la clase C+E .

Ayuntamiento Córdoba.

Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.
Permiso de conducción de las clases C+E.

Ayuntamiento Marbella (Málaga).

Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

Ayuntamiento Linares (Jaén).

Título de Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes. Permiso de Conducir de la Clase B y C y tener autorización para la conducción de vehículos de la clase BTP.

Ayuntamiento Fuengirola (Málaga).

Título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Permiso de conducción de la clase C+E, sin condición restrictiva del peso y el permiso de conducción de la clase B.

Ayuntamiento Almería.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Estar en posesión del permiso de conducir tipo C.

Consorcio Poniente Almeriense.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Permiso de conducción de vehículos tipo C y autorización para la conducción de vehículos de la clase BTP.

Ayuntamiento de los Palacios y Villafranca (Sevilla).

Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
Permisos de conducción de la clase C+E en vigor.
Estatura mínima de 1,65 los hombres y 1,60 metros las mujeres.

Ayuntamiento Almuñécar (Granada).

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
Carnet de conducir vigente de la clase C.

Consorcio Levante Almeriense.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Permiso de conducción de vehículos tipo C y autorización para la conducción de vehículos de la clase BTP.

Ayuntamiento Sevilla.

Título de Bachiller, Técnico o equivalente.
Permisos de conducir de la clase C+E.

Ayuntamiento Granada.

Título de bachiller, técnico o equivalente.
Permisos de conducción de la clase C y C+E.

Ayuntamiento Jaén.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Permiso de conducir de la clase C.

Consorcio Málaga.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente.
Permisos de conducir de las clases B, C+E, D+E.

Ayuntamiento Andújar (Jaén).

Título de Graduado Escolar, FP1, ESO o Equivalente.
Carnet de conducir C + E.
PNB (Patrón de Navegación Básica).

Consorcio Cádiz.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de primer grado, o equivalente.
Permiso de conducir clase C, sin condición restrictiva limitadora del peso del vehículo.

Guadix (Granada).

Título de Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalentes.
Permiso de Conducir de la Clase C.

Baza (Granada).

Título de Bachiller o Técnico.
Permisos de conducción de la clase C y tener autorización para conducir vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales (BTP).

Ayuntamiento Jaén.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Permiso de conducir de la clase C.

Ayuntamiento Úbeda (Jaén). 

Título de Graduado de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
Permiso de conducir de la clase «C».

Córdoba.

Titulación Académica: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Permiso de conducción de la clase C.

Ayuntamiento Martos (Jaén).

Título de Graduado Escolar, Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional de Primer Grado o equivalentes.
Permiso de Conducir de la Clase B y C y tener autorización para la conducción de vehículos de la clase BTP.

Aragón.

Diputación Provincial de Teruel.

Título de Bachiller o Técnico o equivalente.
Permiso de conducción de la clase C.

Diputación Provincial de Zaragoza.

Titulación: Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.
Permiso de conducción de la clase C.

Ayuntamiento de Zaragoza.

Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller, técnico o equivalentes a efectos profesionales.
Permiso de conducir de la clase «C».

Ayuntamiento de Huesca.

Titulación: Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.
Permiso de conducir de la clase B, C con el E asociado o equivalente.

Canarias.

Consorcio Lanzarote.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Permiso de conducción clase C + E, sin condición restrictiva limitadora del peso del vehículo y permiso de conducción de la clase B.

Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canarias:.

Título de Graduado en ESO o estudios equivalentes.
Permiso de conducción de la clase C.

Tenerife.

Título de Graduado en ESO o estudios equivalentes.
Permiso de conducción de la clase C.

Cantabria.

Ayuntamiento Castro-Urdiales.

Título de Graduado en Educación Secundaria obligatoria o equivalente.
Permisos de conducir de la categoría B y C+E en vigor, en el plazo de presentación de instancias y durante todo el proceso selectivo.

Ayuntamiento Santander.

Título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Graduado en Educación Secundaria, Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, Técnico Auxiliar-FP1.

Ayuntamiento Carmago.

Estar en posesión de las titulaciones académicas exigibles conforme al RD Leg. 5/2015 y referente al grupo de clasificación C1 de los funcionarios y, correspondientes a las de Bachiller o Técnico.
Permiso de conducir de clase C y E.

Ayuntamiento de Torrelavega.

Título de Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o titulación equivalente expedida por el Estado Español o debidamente homologada.
Permisos de conducir tipos B, C y E.

Castilla La-Mancha.

Ayuntamiento Cuenca.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Carnet de conducir tipo B, C, B+E, C+E.

Ayuntamiento Guadalajara.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Permiso de conducción C y E.

Ayuntamiento Albacete.

El título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o títulos oficialmente equivalentes.
Carné de la clase C.

Consorcio Toledo.

Las Titulaciones Académicas son las siguientes:
–Título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente o titulación superior, para las plazas de BOMBERO-CONDUCTOR.
–Título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente o titulación superior, para las plazas de AUXILIAR ADMINISTRATIVO.
–Para las plazas de Bombero-Conductor deben estar en posesión del Carnet de Conducir Vehículos de las CLASES “B” y “C” con el “E” ASOCIADO y del título de Patrón de Navegación Básico.

Consorcio Ciudad Real.

Título de Bachiller, o equivalente.
Permiso de conducción de la clase C.

Ayuntamiento de Toledo.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Permiso de conducir de las clases B, C, B + E y C + E.

Castilla y León.

Diputación León.

Titulación especificada en el anexo I.
Requisitos específicos: recogidos en el anexo I.

Ayuntamiento Palencia.

Titulación de Bachiller o Técnico o cualquier otra titulación académica equivalente requerida para el ingreso en el Grupo de Clasificación C1.
Permiso de conducir de la clase C + E del Reglamento General de Conductores.

Diputación Palencia.

Estar en posesión o haber abonado los derechos para obtener el título de Bachiller, Técnico o titulación equivalente (Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente).
Permiso de conducir clase “C”.

Ayuntamiento de Zamora:

Título de Bachillerato, Formación de Grado medio, u otra titulación equivalente.
Permiso de conducir tipo C+E.
Licencia de navegación o titulación náutica superior.

Ayuntamiento de Benavente.

Título de bachiller o equivalente.
Permiso de conducir clase C.

Ayuntamiento de Aranda de Duero.

Título de graduado en educación secundaria obligatoria o equivalente.
Carnet de conducir C+E.
Licencia de navegación de embarcaciones de recreo de hasta seis metros de eslora.

Ayuntamiento de Soria.

Título de Graduado Escolar, Graduado en Educación secundaria obligatoria, Formación Profesional de Grado medio o Primer Grado o equivalentes.
Permiso de conducir de la clase c.

Ayuntamiento de Burgos.

Título de Graduado en Educación Secundaria (LOGSE), E.S.O., Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado, Técnico Auxiliar, Formación de Grado Medio o equivalentes.
Permiso de conducir tipo «C».

Ayuntamiento de León.

Título de Título de Bachiller o Técnico, o cualquier otra titulación académica equivalente requerida para el ingreso en el Grupo de clasificación c1.
Permiso de conducir vehículos de la clase C.

Benavente (Zamora).

Estar en posesión del título de bachiller o equivalente.
Permiso de conducir clase C.

Ayuntamiento de Miranda de Ebro.

Estar en posesión del permiso de conducir C+E. (*1).
Estar en posesión de la autorización federativa para el gobierno de embarcaciones de recreo o la licencia de navegación para embarcaciones.
Titulaciones: Graduado en ESO, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

Ayuntamiento de Salamanca.

Titulación de bachiller, técnico o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1.
Permiso de conducir, clase C+E.

Ayuntamiento de Valladolid.

Título de Bachiller u otra titulación equivalente.
Permiso de conducción de las clases B, C+E.

Ayuntamiento de Ávila.

Título Bachiller Superior u otra titulación equivalente.
Carnet de conducción de vehículos de la clase C.

Ayuntamiento de Briviesca.

Título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
Permisos de conducción clase B+E y C+E.

Ayuntamiento de Segovia.

Titulación de Bachiller, Técnico o título equivalente.
Carnet de conducir al menos de la clase “C2” o “C”, en su caso.

Diputación de Ávila.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o equivalente.
Carnet de conducción de vehículos de la clase C+E.

Diputación de Valladolid.

Bachiller o Técnico/a.
Permiso de Conducir clase C.

Catalunya.

Ayuntamiento de Barcelona.

Títol de graduat/da en educació secundaria obligatòria, graduat/da escolar, Tècnic/a corresponent a cicles formatius de grau mitjà, Tècnic/a auxiliar corresponent a formació professional de primer grau o un altre d’equivalent o superior.
Permís de conduir vehicles de la classe C.

Generalitat de Catalunya.

Título de graduado/a en educación secundaria obligatoria, graduado/a escolar, técnico/a correspondiente a ciclos formativos de grado medio, técnico/a auxiliar correspondiente a formación profesional de primer grado u otro equivalente o superior.
Permiso de conducir de vehículos de la categoría C.
Conocimientos de nivel intermedio de catalán (B2) o superior.
Conocimientos de lengua castellana correspondientes al diploma de español (B2) o superior.
Para la admisión en este proceso selectivo, las personas participantes tienen que cumplir los requisitos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, salvo los correspondientes a lengua catalana y lengua castellana.

Comunidad de Madrid.

Ayuntamiento de Alcorcón.

Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado, o titulación equivalente.
Permisos de conducir de la Clase E asociado al C.

Ayuntamiento de Madrid.

Título de Bachiller o de Técnico obtenido de acuerdo con la legislación vigente.
Permiso de conducir de clase B.

Comunidad de Madrid.

Título de Bachiller o el título de Técnico, o cualquier otra titulación o estudios equivalentes.
Estar en posesión del permiso de conducir de la clase C, con el E asociado, o equivalente.

Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Título de bachillerato o equivalente.
Permiso de conducir de la clase B o equivalente, y de la clase C.

Ayuntamiento de Móstoles.

Título de Bachillerato o Técnico o titulación equivalente.
Permiso de conducir de la Clase C con el E (C + E) asociado.

Tener una talla comprendida entre 1,62 metros y 1,95 metros. Perímetro torácico congruente con la talla, teniendo que ser como mínimo el 45 por 100 de aquéllas. Amplitud pulmonar igual o superior a 5 cm. (Diferencia entre el perímetro torácico máximo en inspiración y mínimo en expiración). Índice de corpulencia entre 3,4 y 5,2. Este índice se calcula dividiendo el peso del aspirante expresado en kilogramos por su talla expresada en decímetros.

Comunidad Valenciana.

Ayuntamiento Valencia.

Título de Bachiller o de Técnico o equivalente.
Permiso de conducir de la clase C con la E asociado y la autorización para conducir vehículos de transporte prioritario (BTP).

Consorcio Castellón de la Plana. 

Título de Bachiller o de Técnico de Formación Profesional o equivalente.
Permiso de conducir de la clase C con el E asociado.

Consorcio de Alicante.

Título de Bachiller o de Técnico de Formación Profesional.
Permiso de conducir de la clase C con el E asociado.

Consorcio de Valencia.

Título de Bachiller o de Técnico de Formación Profesional o equivalente.
Permiso de conducir de la clase C con el E asociado y la autorización para conducir vehículos de transporte prioritario (BTP).

Extremadura.

Diputación Cáceres.

Graduado en Educación Secundaria o equivalente.
Carnet C.

Ayuntamiento Badajoz.

Título de Graduado ESO o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.
Permiso de conducir clase C+E en vigor.
Título de Patrón de Navegación Básica.

Provincia Badajoz.

Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente

Galicia.

Ayuntamiento Ourense.

Titulado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o equivalente.
Licencia de conducir de clase B y C + E.

Ayuntamiento Ferrol.

Título de graduado/la en ESO o equivalente.
Carné conducir B, C, B+Y, C+Y y D.
Curso teórico avanzado RPA y curso práctico de vuelo multirrotor (habilitación para DJI PHANTOM 4 PRO).
Título de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER), Patrón de Yate, Capitán de Yate o equivalentes

Ayuntamiento a Coruña.

Titulación exigible para el acceso como funcionario del grupo C2.
Carné de conducir de la clase C, D, Y.
Título acreditativo de nivel de conocimiento de la lengua Gallega CELGA III o equivalente. Las personas aspirantes que no acrediten estar en posesión del Celga III o equivalente deberán hacer una prueba de acreditación del conocimiento de la lengua gallega.

Ayuntamiento Narón.

Título de graduado escolar o equivalente.
Carné de conducir B+C+D+Y y el ADR transporte de mercancías peligrosas y explosivos.

Ayuntamiento Santiago de Compostela.

Título de Enseñanza Secundaria Obligatoria o equivalente.
Permiso de conducir, clase C+ E.

Ayuntamiento Lugo.

Graduado escolar, FP 1º grao, graduado en ESO ou equivalente.
Permiso de conducir da clase C.

Ayuntamiento Vigo.

Título de Bachillerato Superior, FP II o equivalente.
Carnet de conducir de clase C + E.

Ayuntamiento de Pontevedra.

Título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Título de Patrón de Navegación Básica o superior.
Permiso de conducir de la clase B y C + Y.

Illes Balears.

Ayuntamiento de Palma de Mallorca.

Títol de graduat en Educació Secundária Obligatoria o equivalent.
Permís de conduir classe C.

Consejo Insular de Eivissa.

Título de Graduado escolar, o educación secundaria obligatoria (ESO), FP I o equivalente.
Permiso de conducción de vehículos de la categoría C.
Conocimientos de lengua catalana, nivel B1 (nivel umbral).

Consejo Insular de Mallorca.

Título de graduado/graduada en educación secundaria obligatoria (ESO) o equivalente.
Permiso de conducir clase C.

La Rioja.

Logroño.

Título de Bachiller, Técnico o equivalentes.
Permisos de conducir tipo: B, B+E, C, C+E y D1. Se concede un plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de instancias para la obtención de los carnets tipo B+E y C+E exclusivamente.

Ciudad Autónoma de Melilla.

Título de Bachiller, formación profesional de segundo grado o equivalente.
Permisos de Conducción de clase  C + E.

Ciudad Autónoma de Ceuta.

Título de Bachiller, Técnico o equivalente.
Permisos de conducir de la clase C.

Navarra.

Comunidad Foral de Navarra.

Título de Bachiller, de Formación Profesional de Segundo Grado o título declarado equivalente.
Permiso de conducir vehículos de la clase C.

País Vasco.

Donostia – San Sebastián.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o cualquier otro de nivel superior.
Permiso de conducir C en vigor.
Acreditación del perfil preceptivo de euskera, bien a través de las pruebas que se efectuarán a lo largo del proceso selectivo, bien mediante la presentación de alguno de los documentos que acredite o convalide el perfil exigido conforme a la normativa vigente.

Diputación Foral de Álava.

Título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado u otro declarado equivalente por la legislación vigente.
Permiso de conducción C+E.
Perfiles lingüísticos (euskera) de los puestos convocados. En caso de aspirantes que opten a plazas con perfiles lingüísticos.

Diputación Foral de Guipuzkoa.

Título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado u otro declarado equivalente.
Permiso de conducción C+E.
Estar en posesión del certificado que acredite el perfil lingüístico 1 de euskera o, en su caso, obtenerlo de conformidad con lo establecido en la Base 10.ª

Euskera.

Los puestos asociados a las plazas convocadas tienen asignado el perfil lingüístico 1 preceptivo, por lo que constituye un requisito de participación la acreditación del nivel de conocimiento de euskera correspondiente a dicho nivel.
El nivel de conocimiento de euskera exigido se acreditará mediante la superación de la prueba de euskera.

No obstante, se hallarán exentos/as de realizar la prueba de euskera quienes, antes del inicio de la prueba de euskera, aporten ante el Tribunal la documentación justificativa correspondiente a encontrarse en algunas de estas dos circunstancias:
– Estar en posesión del perfil lingüístico 1 o superior, o de un título o certificado convalidado con dicho perfil o con un perfil superior.
– Haber obtenido la convalidación correspondiente en virtud del Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de la exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.

En caso de no acreditar documentalmente la posesión del perfil lingüístico 1, constituye una fase más del procedimiento la realización de las pruebas encaminadas a su acreditación.

Ayuntamiento de Bilbao.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
permiso de conducir C+E.
Ejercicio de idioma: este ejercicio tendrá carácter voluntario y no eliminatorio, salvo para quienes aspiren a las plazas con preceptividad, para quienes tendrá carácter obligatorio y eliminatorio y no obtendrán puntuación alguna por este motivo.

Asturias.

Ayuntamiento Oviedo.

Título de Bachiller o de Técnico.
Permiso de conducir de la clase C + E.

Principado de Asturias.

No poseer la condición de personal laboral fijo de la categoría de Bombero Conductor del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias.
Permiso de conducción clase C.

Ayuntamiento de Gijón.

Título de Bachiller o Técnico o equivalentes.
Tener una talla mínima de 1,60 m para hombres y para mujeres.
Carnet de conducir C o equivalente. Este requisito estará referido a la fecha de nombramiento como funcionario/a en prácticas. El permiso de conducción BTP, será exigible antes de la finalización del curso de prácticas.
Estar en posesión del carné de Patrón de Navegación Básica. Este requisito será exigible antes de la finalización del curso de prácticas.

Región de Murcia.

Ayuntamiento Cartagena.

Título de Bachiller o Técnico.
Permiso de conducción de la clase C+E, el día anterior al inicio del curso selectivo de formación teórico-práctico.

Consorcio de Murcia.

Bachiller, Técnico o equivalente.
Permiso de conducción de las clases C+E.

Ayuntamiento de Murcia.

Título de Enseñanza Secundaria Obligatoria o equivalente.
Permiso de conducir, clase B.